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La Buena Fe a la hora de pedir al segunda oportunidad o perdón de deudas.

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  La Buena Fe a la hora de pedir al segunda oportunidad o perdón de deudas.  Hoy voy a escribir sobre el requisito de la Buena Fe en caso de la solicitud de un concurso de acreedores. Estamos ante un requisito esencial para poder obtener el perdón de nuestras deudas -las deudas exonerables, de las que no lo son, ya haré otro artículo para tratar su problemática- cuando ya no hay capacidad de pago a nuestros acreedores. Sin embargo, la Ley concursal no regula un sálvese quien pueda. Hay un serie de requisitos para poder obtener el perdón de las deudas. Por ejemplo: si has cometido delitos contra el orden socioeconómico o del patrimonio con una pena igual o superior a 3 años bloquearía la oportunidad de obtener los beneficios de la 2 oportunidad. Por ende, es necesario en certificado de antecedentes penales actualizado, para unir a la solicitud la exoneración de deudas. Obviamente, hay que solicitar la cancelación de los mismos antes de emprender las pertinente acciones le...

Introducción a las sociedades limitadas en España.

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  Introducción a las sociedades limitadas en España En el ordenamiento jurídico español vigente existen varios tipos de sociedades (vulgarmente conocidas por todos como "empresas"). Sin duda, la más utilizada por los empresarios españoles es la sociedad limitada, que no deja de ser la empresa familiar por antonomasia. Su principal atractivo respecto a otros tipos de sociedades que puedan constituirse es la protección del patrimonio presente y futuro de sus miembros, pues solo responderán por los capitales aportados. Eso sí, con la condición de que cumplan una serie de requisitos —en los próximos artículos los desgranaré— esenciales y eviten cometer torpezas. Otro atractivo de estas sociedades, además de la protección del patrimonio de los inversores, es la protección ante la entrada de inversores no previstos: no se pueden vender libremente las participaciones sociales (este modelo de empresa no tiene acciones). En esencia, no dejan de ser un tipo de acciones especiales, so...

Consejo sobre la importancia de tener dos créditos mínimo.

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  Hoy quería escribir para daros un consejo a quienes, desgraciadamente, estéis pasando apuros económicos. Además, quiero hacerlo —y lo voy a hacer así— desde la legalidad. Nada de chanchullos. Este consejo es para particulares: personas físicas o naturales. Las empresas son otro tema y otro día escribiré un artículo para las mismas; pero quiero recordar que la Ley de la Segunda Oportunidad es para personas (no para empresas). La verdad es que mucha gente desconoce que se necesitan, como mínimo, dos acreedores (dos créditos) para poder solicitarla. Tener uno solo es un problema gordo para un particular en caso de que surjan dificultades financieras. Es curioso cómo la gente con muchas deudas tiene más facilidad para conseguir una quita que quienes se ven atrapados con un solo crédito. Ahora voy al grano: no pidáis un solo crédito. Pedid siempre dos. Es algo totalmente legal y os evitará muchos problemas si vuestra situación financiera empeora. La clave para un particular es t...

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad? por Erik Curquejo abogado invitado al blog.

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  ¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad? Lo primero que debemos delimitar es el concepto de «Mecanismo de Ley de Segunda Oportunidad» o «Ley de Segundas Oportunidades». Para ello, podríamos definirlo como aquel procedimiento legal (judicial – Concurso de acreedores) que, en determinados casos, permite a particulares y autónomos comenzar de cero eliminando sus deudas. La figura jurídica que nos ocupa es incorporada a nuestro ordenamiento por la ley 14/2013 (siguiendo las directrices y recomendaciones de la Unión Europea (Recomendación de la Comisión Europea de 12 de marzo de 2014), del Banco Mundial o las reglas UNCITRAL, que a su vez ha sido cambiado con la reforma del RDL 1/2015 (convalidada por la Ley 25/2015), aunque, actualmente, se encuentra regulada en el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC). Se trata de un precepto que contempla la remisión por deudas no satisfechas, la introducción de lo que en derecho comparado se ha bautizado como «fresh start» o «discharge...

Cláusula de arrendamiento seguro: artículo 9.3 de la LAU

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  Hoy voy a hablaros de una cláusula muy importante para un alquiler seguro. Para un contrato de arrendamiento sin sustos. Curiosamente, por mi experiencia, es común que muchos propietarios no la incluyan en sus contratos.  La realidad es que con frecuencia el ánimo de ahorrarse una consulta con un profesional de la abogacía o la compra de un contrato bien redactado y actualizado de arrendamiento es causa de un gran quebranto para los propietarios.  Pues bien, hay una cláusula estipulada concretamente en el artículo 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos que permite a los propietarios recuperar la vivienda arrendada cumpliendo, eso sí, una serie de requisitos. Como cité en el anterior párrafo muchas veces el ánimo de ahorrar unas pesetas lleva a muchos propietarios a meterse en un importantísimo berenjenal innecesario. Pues cumpliendo unos requisitos sencillos se puede recuperar la vivienda arrendada con relativa facilidad y sin hacer ningún tipo de chanchullo al inquili...
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  NUEVAS NOVEDADES PARA MIS CANALES Y REDES SOCIALES PARA ESTE AÑO 2025 Hoy quiero presentaros las novedades jurídicas que tengo preparadas para mis redes sociales en el próximo año: Para empezar, además de los habituales vídeos cortos en YouTube, iniciaré emisiones en directo más extensas. En estas, trataré temas jurídicos de actualidad y desarrollaré un tema o asunto jurídico relacionado con mi despacho. Cabe recordar que soy abogado especializado en Derechos de Propiedad. Estas emisiones en directo tendrán lugar los domingos por la noche, siempre en riguroso directo. Avisaré con antelación si hubiera algún cambio en la programación. A medida que avance el año, comenzaré a publicar vídeos editados. Inauguraré este formato con una serie dedicada al Derecho de Propiedad Intelectual y otra sobre arrendamientos, además de tratar temas como los Derechos al Honor y la Propia Imagen. Continuaré subiendo vídeos a TikTok, tal como me habéis pedido. Además de los vídeos cortos exclus...
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  Felices Fiestas: Reflexiones Navideñas sobre la Propiedad Intelectual e Industrial Llegamos a esa época del año en la que hacemos balance, celebramos nuestros logros y miramos hacia el futuro con renovada esperanza. La Navidad nos brinda la oportunidad de detenernos un momento en el vertiginoso día a día y reflexionar no solo sobre nuestras metas profesionales, sino también sobre la importancia de proteger y valorar aquello que crea valor: nuestras ideas, nuestras marcas y nuestra creatividad. En el campo de la propiedad intelectual e industrial, donde cada idea puede transformarse en una oportunidad, estas fechas también nos recuerdan la importancia de cuidar aquello que construimos con esfuerzo y pasión. Tanto los emprendedores como las empresas saben que las ideas innovadoras son el motor de su crecimiento, y protegerlas es el mejor regalo que pueden hacerse para el futuro. La Navidad y la Creatividad: Un Vínculo Especial La Navidad también es un tiempo de creatividad. La...
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INTRODUCCIÓN AL DERECHO MORAL DE LOS AUTORES Y CREADORES Mi idea con este artículo inicialmente era redactar un enunciado solamente. Sin embargo, una vez puesto a ello, me he dado cuenta de que lo mejor y más adecuado es hacer una serie de artículos desarrollando y explicando de forma más clara y concisa este derecho fundamental para los autores y creadores. El mismo se refiere a una serie de derechos que tienen los autores sobre sus obras y creaciones, que van más allá de lo económico. Realmente, es uno de los pilares del Derecho de Propiedad Intelectual. Voy a intentar, en esta introducción, resumir su esencia y sus características principales, sin perjuicio de desarrollarlo más en futuros artículos dentro de la serie que hoy inauguro. Antes de nada, intentaré explicar sucintamente qué es el Derecho Moral para los autores y creadores. En esencia, es el derecho que tienen los artistas sobre las obras que han creado y que trasciende lo meramente económico o material. P...
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  Contrato de Arrendamiento de Vivienda Habitual: El Desahucio con Abogado y Procurador Al plantearnos el alquiler de una vivienda habitual —no destinada a uso turístico ni a alquiler por habitaciones—, y una vez decidido quién será el inquilino, lo primero que debemos hacer es revisar las garantías. No podemos alquilar el inmueble a una persona únicamente porque nos caiga bien, nos genere confianza o venga recomendada. Lamentablemente, no es tan sencillo. Si el inquilino deja de pagar, no podremos desahuciarlo por nuestra cuenta. Como es propio de un Estado de Derecho como el español, tendremos que acudir a un tribunal de justicia y contratar a un abogado y a un procurador. Es cierto que, en ciertos casos, un casero podría cumplir los requisitos para ser beneficiario del servicio de justicia gratuita; sin embargo, si es propietario, esta opción no suele ser la habitual. Por lo tanto, debemos ser muy cuidadosos al elegir al inquilino y verificar las garantías. Tras esta necesaria...

A colación con el problema del arrendamiento en España. Nueva sección jurídica sobre arrendamientos.

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  A colación con el problema del arrendamiento en España Hola otra vez. Uno no puede vivir al margen del Derecho, lo  que significa que no se puede estar apartado de la actualidad social y política (valga la redundancia). Sin embargo, en este artículo no voy a entrar en la filosofía o teoría del Derecho; eso lo dejo para otra ocasión. No obstante, la realidad en la que vivimos en España no puede dejarnos indiferentes a los juristas, especialmente cuando hablamos de vivienda. Que en nuestra sociedad hay un problema muy importante respecto a la vivienda es un hecho patente y, por desgracia, indiscutible. No estoy descubriendo nada nuevo ni aportando ninguna novedad. Mi blog jurídico no podía quedarse atrás, y por ende, el tema de la vivienda, y en especial los arrendamientos de vivienda, tampoco podía quedar fuera. Además, siendo un letrado especializado y versado en derecho inmobiliario, no puedo dejar de tratar este asunto, sobre todo cuando mi especialidad es el der...
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                 Saludos, quiero daros la bienvenida a mi nuevo blog jurídico y presentarme: soy Aitor Moya Campillo abogado en ejercicio, radicado en Madrid y ejerciendo en toda España. He creado este blog para compartir con vosotros mis conocimientos legales y, especialmente, los dedicados al derecho de propiedad intelectual e industrial. Os animo a seguirme y así podréis ver todos mis conocimientos jurídicos que compartiré con todos vosotros. El objetivo no es otro que crear una comunidad jurídica tanto de profesionales como de usuarios para que todos podamos aprender, compartir y divulgar nuestros conocimientos jurídicos, especialmente los referidos al derecho de propiedad intelectual e industrial, para así poder avanzar en nuestros conocimientos en aras de ayudarnos, y cómo no, sobre todo, poder conocer nuestros derechos y obligaciones legales para poder asesorarnos legalmente y defender nuestros legítimos intereses ante todo ti...